A8.d) Información sobre comercio
Apertura de grandes superficies en días festivos
El 22 de diciembre de 2022 la Junta de Andalucía, a través de Resolución de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, declaró en el municipio de Jerez de la Frontera una zona de gran afluencia turística (ZGAT), a efectos de horarios comerciales, con las siguientes características:
- Ámbito territorial: Término municipal completo.
- Períodos:
- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección (ambos incluidos).
- Durante la celebración en el Circuito "Jerez-Angel Nieto" del Gran Premio de España de Motociclismo.
- Meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
- Vigencia: indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la declaración.
Por primera vez se ha declarado el término municipal de Jerez completo como ZGAT en Semana Santa, ya que hasta ahora en ese período la ZGAT declarada se había limitado a la comprendida en el Casco antiguo.
También por primera vez, se ha declarado el término municipal completo como ZGAT en los meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
La declaración de una ZGAT supone la plena libertad para los establecimientos comerciales radicados en la misma para determinar los días y horas de apertura al público, en los períodos del año aprobados en la declaración de zona de gran afluencia turística. Es decir, supone la plena libertad para grandes superficies de abrir domingos y festivos en los períodos mencionados.
La Junta de Gobierno Local se ha opuesto a la delimitación propuesta por la Junta de Andalucía, al considerar que:
- La delimitación acordada afecta negativamente al derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar de muchas personas trabajadoras
- Incrementa el desequilibrio ya existente entre el pequeño comercio tradicional y las grandes superficies
- No está justificada en relación al turismo que atrae nuestra Ciudad ya que, en primer lugar, el tipo de turismo que nos visita no es turismo de compras; y en segundo lugar, la amplia superficie del municipio de Jerez y el gran número de grandes centros comerciales hace que sea desproporcionado permitir la libertad de apertura de todas ellas durante tantos meses al año
A continuación, se relacionan y se da acceso a las distintas resoluciones de la Junta de Andalucía recaídas en este procedimiento para declarar en Jerez una ZGAT; así como los escritos de alegaciones y documentos adjuntos presentados por el Ayuntamiento de Jerez a fin de evitar tal declaración en la totalidad del municipio.
- 00.- Comunicación de la Junta de Andalucía (PDF)
- 01.- ACUERDO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE ZONA DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA (ZGAT), A EFECTOS DE HORARIOS COMERCIALES, DEL MUNICIPIO DE JEREZ DE LA FRONTERA (PDF)
- 02.- CERTIFICADO DE JGL DE ACUERDO DE FORMULACIÓN DE ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ AL ACUERDO DEL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE ZGAT A EFECTOS DE HORARIOS COMERCIALES DEL MUNICIPIO DE JEREZ DE LA FRONTERA (PDF)
- 03.- CARTA DE LA ALCALDÍA DE REMISIÓN DE LAS PRIMERAS ALEGACIONES A LA ZGAT (PDF)
- 04.- PRIMERAS ALEGACIONES DE LA SRA. ALCALDESA A LA PROPUESTA DE ZGAT (PDF)
- 05.- PLANO APORTADO A LAS PRIMERAS ALEGACIONES COMO "DOCUMENTO 1" (PDF)
- 06.- PLANO APORTADO A LAS PRIMERAS ALEGACIONES COMO "DOCUMENTO 2" (PDF)
- 07.- DOCUMENTOS 3 A 8 APORTADOS CON LAS PRIMERAS ALEGACIONES (PDF)
- 08.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA SOBRE LA ZGAT (PDF)
- 09.- CERTIFICADO DE LA JGL DE APROBACIÓN DE LA SEGUNDAS ALEGACIONES DE LA ZGAT (PDF)
- 10.- CARTA DE ALCALDÍA DE REMISIÓN DE LAS SEGUNDAS ALEGACIONES DE LA ZGAT (PDF)
- 11.- SEGUNDAS ALEGACIONES DEL AYUNTAMIENTO A LA ZGAT (PDF)
- 12.- DOCUMENTOS APORTADOS AL ESCRITO CON LAS SEGUNDAS ALEGACIONES A LA ZGAT (PDF)
- 13.- RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO POR LA QUE SE DECLARA UNA ZONA DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA, A EFECTOS DE HORARIOS COMERCIALES, EN EL MUNICIPIO DE JEREZ DE LA FRONTERA (PDF)
En la actualidad, la Resolución de 22 de diciembre de 2022 de la Junta de Andalucía se encuentra recurrida por este Ayuntamiento ante los Tribunales competentes.
- 14.- RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO (PDF)
- 15.- AUTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA-SECCIÓN 1ª DE LA SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO POR EL QUE DENIEGA LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LA RESOLUCIÓN. (PDF)