A5.e) Participación

01. Servicio de Participación Ciudadana

El derecho de participación ciudadana está amparada en nuestro ordenamiento jurídico por la propia Constitución Española (Art. 9.2. y el Art. 23) o el Estatuto de Autonomía de Andalucía (Art. 10.1). En el Ayuntamiento de Jerez, la participación ciudadana viene regulada a través de las normas incluidas en el Reglamento de Participación Ciudadana, conforme al artículo 4.1.a de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 4 del R.O.F.

El Ayuntamiento de Jerez, fomenta la participación ciudadana a través los órganos de participación que se recogen en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y promueve el asociacionismo de las más de 800 organizaciones ciudadanas, sin ánimo de lucro, desde las que cada persona expresa su derecho a participar en la vida pública, desde la perspectiva que más se adecúa a sus necesidades e intereses.

02. Consultas públicas previas

Tal como se recoge en el Art. 133 de la Ley 39/2015, con carácter previo a la elaboración normativa, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Haga click en la imagen lateral para acceder a las consultas públicas previas en relación a la normativa en desarrollo (se abrirá en nueva ventana).

03. Incidencia en la vía pública

Puede remitir al Ayuntamiento de Jerez cualquier incidencia en la vía pública. Si pulsa la imagen lateral, podrá enviar incidencias en la vía pública bien a través de la web o bien mediante una app específica para Android.